Llega la solución esperada desde hace más de 5 años, los efluentes ahora son purines y el uso agronómico está permitido. Un breve repaso por la regulación, los pasos a seguir y la experiencia de los pioneros, los tambos pilotos.
Por: Ing. Agr. Pablo Cañada
Antecedentes Solo se podrá comprender la importancia de lo logrado entendiendo el proceso desde el punto de partida. En el año 2011 la Autoridad del Agua (ADA) emitió una facturación masiva a todos los tambos en concepto de Tasa de inspección de funcionamiento y control de efluentes y canon por uso de agua (ex Resol. 333/17 y BUDURH) . Algunos productores en correcto proceder se informaron e intentaron por años poder entender y cumplir pero, lamentablemente, sin éxito. El incumplimiento, a priori, parecía constar de una instancia administrativa, sin embargo, en poco tiempo se descubrió la limitante técnica y tecnológica en poder adecuarse. El concepto de vertido de efluentes asociado a la resolución 333/17 del ADA contenía parámetros de referencia desarrollados y con alcance para el sector industrial. Pero los tambos, ¿son una industria?, ¿pueden cumplir con esos parámetros? Estas preguntas fueron el disparador de trabajos de investigación en el INTA Rafaela con el hoy conocido sistema de tratamiento de tres lagunas. El resultado de la investigación demostró la gran dificultad de alcanzar los parámetros de la regulación y la necesidad de evaluar otras alternativas. Se abría la opción de estudio del uso agronómico de los efluentes, pero si son efluentes, ¿pueden no cumplir con la 333/17 ? La respuesta es no, y esto validaba aún más la necesidad de una opción integradora y pensada para el sector agropecuario. En simultáneo, desde CREA, se conformaba en el año 2012 el Proyecto efluentes en tambo con la participación de instituciones académicas, el INTA, empresas del sector y la industria. El objetivo era dar soporte técnico a los productores en una acción conjunta y articulada. Para ello, dentro del proyecto, un componente implicaba el abordaje de la legislación actual y nuevas propuestas. Durante el período 2012 – 2015 se fue generando material técnico para productores, técnicos y tomadores de decisión. En junio del 2015 se logra un hito, la firma del Convenio Marco de Colaboración Mutua y Cooperación entre el sector, representado por la Mesa de Concertación de Políticas Lecheras Provincial (MCPL), el Ministerio de Asuntos Agrarios y la ADA. El convenio La firma llegaba en la etapa final de una gestión pública, sin embargo, en la gestión del Ministro L. Sarquís y bajo la dirección de J. Linari se retomó y puso en marcha el convenio. Se conformó una mesa técnica de trabajo que se propuso los siguientes objetivos: 1) Poner los conocimientos y experiencias al servicio del sector (público – privado). 2) Generar un ámbito de confianza con la autoridad de aplicación (ADA), 3) Establecer una agenda de trabajo conjunto con el fin de a) encontrar una solución y b) establecer un período de adaptación; y 4) Generar un marco normativo que estimule una adecuada adopción de la misma. En febrero de 2019 en una jornada en el parque Pereyra Iraola se celebró el éxito del proceso luego de alcanzarse los objetivos y el compromiso por seguir trabajando en el tema. Comprendiendo el uso agronómico en Buenos Aires En 2016 Córdoba fue pionera y Buenos Aires fue la segunda provincia del país en tener una regulación específica para la gestión de residuos de la producción animal. Mediante la resol 737/18 del ADA se introduce el concepto de purín, se establece el alcance a los tambos y tambos productores de masa y pone 4 categorías de escala con el fin de establecer un calendario de adecuación y pagos, y por último la opción a condonación de deudas. Por cuestiones de alcances de acción de las autoridades, los purines sólidos o semi-sólidos tenían que ser reglamentados por OPDS, quien adhirió mediante resol. 539/19. Pero eso no fue todo, y acá Buenos Aires se destaca, ambas resoluciones se apoyan en la Guía de Buenas Prácticas para la Gestión de Purines en Tambo. Un instrumento de ayuda al productor, que además agilizaría a futuro nuevas propuestas y actualizaciones, canalizadas en una nueva versión sin necesidad de cambiar un instrumento normativo. Otro tema de no menor importancia es la gestión del recurso hídrico y las perforaciones. Casi todos los tambos de la provincia tienen sus perforaciones sin autorizar. Gracias a la resolución se pudo incorporar un breve apartado para que en el mismo proceso de adecuación se pudieran habilitar las perforaciones existentes y las futuras. Y aún más, se beneficia con descuentos en el canon del agua a todos los tambos que realicen uso eficiente del agua y reciclado de la misma, buscando minimizar la extracción de un recurso tan valioso. Según el calendario de adecuación, en septiembre 2019 venció el plazo de inscripción de la primera categoría (+400 VO), sin embargo entendiendo las necesidades, limitantes y experiencia del sector lechero, las autoridades prorrogaron el plazo* . ¿Pero cómo se podía hacer para seguir motivando la adecuación? Así surge un nuevo proyecto de corto plazo, por un año, de tambos predispuestos y pioneros que lideren el proceso de adecuación a la regulación: los tambos pilotos. Proceso de adecuación de Tambos pilotos Del mismo participan 17 tambos ubicados en la provincia de Buenos Aires. Para la selección se propuso cumplir con varios criterios enmarcados para hacer lo más representativo el abordaje de casos, así cuando los tambos decidieran empezar el camino, tengan una situación similar para consultar, observar y visitar. El objetivo del proceso es alcanzar la totalidad de planes de adecuación aprobados para noviembre 2020. Pronto estará disponible una Guía de Inscripción con el paso a paso que deberán seguir los tambos. A modo de adelanto se ha generado un esquema para clarificar un cambio de paradigma en la interacción con ADA y poder determinar instancias clave en la adecuación. La autogestión es rápida y ágil. El esquema nos enseña que el proceso de inscripción consta de varias instancias (creación de usuario, alta de usuario y alta de inmueble), siendo la aprobación de la prefactibilidad y su correspondiente pago (pago100 = 100 litros de gasoil) lo que habilita a un establecimiento a salir del estado de infracción (en caso de aplicarle según el calendario de vencimientos). La prefactibilidad es la instancia de presentación del tambo ante ADA, por eso la presentación de los Anexos que acompañan la resolución 737/18. Otros productos pensados dentro del proyecto para ayudar a la adecuación de la población de tambos de Buenos Aires son, el informe de premisas para la confección del plan de adecuación, la experiencia de los tambos pilotos con el fin de identificar semejanzas y por último, acciones de difusión virtual y a campo (si hay posibilidades). ¿Estamos listos para ser sustentables? Observando con retrospectiva tendríamos un escenario favorable para serlo. Desde el ámbito público se han dado lugar a diversos pedidos en pos de acompañar al sector. Con el proceso de tambos pilotos se espera fortalecer la confianza entre lo público-privado y empoderar a la regulación mediante los propios protagonistas. En tiempos donde la licencia social a la producción está en claros cuestionamientos sobre la sustentabilidad, y la atención está puesta en todos los sistemas productivos (basta con leer las noticias sobre un acuerdo de entendimiento con China en el ámbito de la producción de cerdos) pareciera ser un buen momento para realizar los cambios necesarios y exigidos. Han pasado años sin un contexto claro acerca de cómo resolver el tema de los efluentes, ahora la regulación es óptima y consensuada. Además incentiva a la adopción otorgando tiempo y reducción del canon por el uso eficiente del recurso hídrico. Para terminar, los invito a pensar en la foto mental de la sociedad donde el tambo enamora. Las vacas pastorean libremente, descansan echadas sin estrés, reciclan nutrientes gracias al bosteo y aportan vida del suelo. Los tambos enriquecen a las comunidades aledañas con empleo, generan recursos indirectos y producen alimentos esenciales. No vale la pena dilatar las acciones, decisiones e inversiones. 1-Resol 2220/19 reemplaza a la resol 333/17 y el BUDURH fue derogado. 2-En otras provincias existen regulaciones semejantes en cada organismo de aplicación en el ámbito de recursos hídricos. 3- Al momento de edición de la revista ADA actualizó el calendario de vencimientos. Plazos por resol 267/20: +400 VO - sept 2021 // 250 a 399 VO - sept 2021 100 a 249 VO - sept 2022 // 0 a 99 VO - sept 2022.